Una vez que el Consejo Editorial establezca que el artículo cumple con los requisitos temáticos, además de los formales indicados en los presentes lineamientos, será enviado a dos pares académicos externos, quienes emitirán con la modalidad de “doble ciego” un dictamen ─es decir, que se respeta el anonimato de las personas dictaminadoras y de las personas autoras─.

En caso de discrepancia entre ambos resultados (aprobado-no aprobado), el texto es enviado a un tercer árbitro, cuya decisión definirá el sentido final de la evaluación. En caso de contar con dos dictámenes aprobatorios en alguna de sus vertientes, prevalecerá dicho sentido. Los resultados del proceso de dictamen son inapelables en todos los casos.

Las personas revisoras contarán con un plazo máximo de 4 semanas para emitir su evaluación, a menos que soliciten una prórroga del plazo debido a circunstancias de fuerza mayor. Asimismo, tendrán el mismo plazo, para corroborar los ajustes realizados a los trabajos, en caso de evaluaciones con calidad condicionada.

Los dictámenes podrán emitirse en cualquiera de los siguientes sentidos:

  • -Aprobado para publicar sin cambios. En este caso el artículo se publicará en el número de la revista más próximo. Se notificará a las personas autoras mediante comunicación escrita de la directora o director de la revista.
  • -Aprobado para publicar con sugerencias de modificación. Las personas revisoras emitirán observaciones para modificar el artículo, que podrán o no ser consideradas por la o el autor. Se notificará a las personas autoras mediante comunicación escrita de la directora o director de la revista, advirtiendo igualmente un plazo improrrogable de dos semanas para aplicar las correcciones solicitadas, en caso de optar por atenderlas. En este caso el artículo se publicará en el número de la revista más próximo.
  • -Publicación condicionada a cambios, sujeto a renvío. Las personas revisoras emitirán opiniones para modificar el artículo, que deberán ser imperativamente consideradas por las personas autoras. Se le notificará mediante comunicación escrita de la directora o director de la revista, advirtiendo igualmente un plazo improrrogable de dos semanas para aplicar las correcciones solicitadas. El texto corregido deberá someterse a revisión de las mismas personas dictaminadoras para que corroboren que los cambios fueron aplicados. Una vez que se cuente con el visto bueno, se procederá a notificar a las personas autoras del trabajo mediante comunicación escrita del equipo editorial. En este caso el artículo se publicará en el número de la revista más próximo. En caso de que no se obtenga el visto bueno una vez realizados los cambios, se notificará a las personas autoras mediante comunicación escrita, explicando las razones que ofrezcan las personas dictaminadoras.
  • -No aprobada. Si la investigación obtiene esta calificación, el trabajo es devuelto a las personas autoras con la información detallada de las razones que fundamentan el dictamen.

Durante el proceso de edición, las personas autoras deberán resolver las consultas que sobre su artículo le realice el quipo editorial de la revista.

El proceso de edición, que contempla desde la fecha de recepción del envío hasta la aceptación del artículo, se lleva a cabo en un periodo de tres a seis meses; dado el caso, y por motivos de fuerza mayor, el proceso dilatará el tiempo requerido, salvaguardando en todo momento los criterios éticos y las responsabilidades expresadas en el apartado de Criterios éticos.