• Artículos académicos: son textos que presentan resultados novedosos de investigación y tienen un carácter original e inédito. Se caracterizan por tener bases teóricas y metodológicas sólidas y relevantes. La extensión deberá ser de 20 a 35 cuartillas (la cuartilla consta de 2,000 caracteres con espacios), incluyendo la bibliografía. Una vez que al menos dos integrantes del Consejo Editorial establezcan que los artículos propuestos cumplen con los requisitos temáticos, además de los formales indicados en las directrices para personas autoras, será enviado a dos pares académicos externos, quienes emitirán con la modalidad de “doble ciego” un dictamen. En caso de discrepancia entre ambos resultados (aprobado-no aprobado), el texto será enviado a un tercer árbitro, cuya decisión definirá el sentido final de la evaluación. En caso de contar con dos dictámenes aprobatorios en alguna de sus vertientes, prevalecerá dicho sentido. Los resultados del proceso de dictamen son inapelables en todos los casos. Las personas revisoras contarán con un plazo máximo de cuatro semanas para emitir su evaluación, a menos que soliciten una prórroga del plazo debido a circunstancias de fuerza mayor. Asimismo, tendrán el mismo plazo, para corroborar los ajustes realizados a los trabajos, en caso de evaluaciones con calidad condicionada.

 

  • Reseñas: se trata de escritos que presentan obras relevantes en el ámbito de los estudios electorales, principalmente desde un enfoque crítico. Deberán tener una extensión de entre tres y seis cuartillas, incluyendo bibliografía, respetando los aspectos de forma indicados en las directrices para personas autoras.